Por medio de la cual se ofrece para enajenación a título gratuito, unos bienes muebles a Entidades estatales.
El Director General de la Agencia Logística de las Fuerzas Militares, en ejercicio de las facultades legales conferidas por los decretos 1753 y 1755 de 2017, en especial en ejercicio de las facultades constitucionales y en cumplimiento de lo consagrado en el decreto 1082 de 2015.
Que en marco de la ejecución de los compromisos de orden contractual suscritos entre el Ministerio de Defensa – Ejército Nacional y la Agencia Logística de las Fuerzas Militares, la entidad aceptó a través de la Resolución No. 27 del 17 de enero de 2020 la donación de los bienes muebles “parches” ofrecida por la sociedad INDUSTRIAS GUERRERO Y CIA S.A. S.
La Entidad para el cumplimiento de su objeto misional; regulación que enseña a la letra: ”Enajenación de bienes muebles a título gratuito entre Entidades Estatales. Las Entidades Estatales deben hacer un inventario de los bienes muebles que no utilizan y ofrecerlos a título gratuito a las Entidades Estatales a través de un acto administrativo motivado que deben publicar en su página web.