El director General de la agencia logistica de las fuerzas Militares, en uso de sus facultades legales y que de conformidad con el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia de 1991, la función administrativa debe desarrollarse con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones.

Que mediante Resolución No. 0804 del 31 de octubre de 2006, se adopta el Manual para el Manejo de Bienes Muebles e Inmuebles de la Agencia Logística de la Fuerzas Militares, como instrumento de aplicación general para la oficina principal y cada una de las Regionales.

Que mediante oficio N° 2022140820185283 del 6 de septiembre de 2022 se solicita autorización a la Dirección General para inicio de proceso de enajenación a título gratuito según lo establecido en el manual para la administración de bienes muebles e inmuebles, capítulo 3. APECTOS ESPECIFICOS numeral 3.8 DONACION O ENAJENACION.

Que mediante radicado N° 2022110140190483 de la Dirección General con fecha 27 de septiembre de 2022 y correo electrónico emitido desde la Coordinación de Servicios Administrativos de la oficina principal de la Agencia Logística de las Fuerzas Militares de la misma fecha, se autoriza enajenar a título gratuito de dieciocho (18) elementos clasificados de la siguiente manera:

Resolucion 2062

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *


El periodo de verificación de reCAPTCHA ha caducado. Por favor, recarga la página.