19 de junio de 2008.- De acuerdo con la Ley 1184 de 2008, reglamentada mediante Decreto 2124 de junio de este año, los ciudadanos colombianos mayores de 18 años que definen su situación militar y no son aptos para prestar el servicio, deben cancelar el valor de la Cuota de Compensación Militar: Contribución ciudadana, especial, pecuniaria e individual determinada por el patrimonio e ingresos familiares.
Los jóvenes no aptos que pertenecen a los niveles 1, 2 y 3 del SISBEN, están exentos de esta obligación, sin embargo todos deben pagar los derechos de elaboración de la Tarjeta Militar que corresponden al 15% de un salario mínimo mensual legal vigente.
Para mayor información pueden comunicarse con la oficina de prensa de la Dirección de Reclutamiento, teléfono No. 2 973 117, correo electrónico prensa@reclutamiento.mil.co o al celular No. 300 616 87 22